Administrativo
Agentes de tránsito facultados y derechos del conductor en la Ciudad de México
Esta nota explica qué agentes pueden imponer infracciones conforme al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, cuándo procede enviar un vehículo al depósito, qué sanción corresponde a quien conduce con alcohol o estupefacientes y qué puede exigir un conductor durante una detención.
El Reglamento se reforma con frecuencia y sus reglas son poco conocidas, de modo que quien conoce sus derechos en el momento de la detención puede dejar constancia de lo ocurrido e impugnar después una infracción improcedente.
Personal facultado para infraccionar
La Subsecretaría de Control de Tránsito opera bajo el mando de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México. Dentro de ella, la Dirección General de Operaciones de Tránsito supervisa al personal policial y aplica las disposiciones del Reglamento.
Sólo el personal autorizado expresamente por la Secretaría puede expedir y firmar boletas de infracción, mediante los dispositivos previstos para ello. Un agente sin esa autorización no puede levantar la boleta aunque presencie la conducta.
La relación de personal facultado se publica en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y puede consultarse también por Locatel o en la aplicación Mi Policía.
Supuestos de remisión del vehículo al depósito
El Reglamento reserva el traslado al depósito para supuestos determinados, entre ellos los siguientes.
- Circular por ciclovías o carriles exclusivos de transporte público
- Estacionar o abandonar el vehículo sobre banquetas, frente a hidrantes, en entradas y salidas de gasolineras o estacionamientos públicos, o en espacios reservados a personas con discapacidad
- No portar licencia de conducir, en formato físico o digital
- Conducir con una concentración de alcohol superior a la permitida
- Conducir bajo el influjo de estupefacientes
Si el supuesto que se te imputa no está previsto, el envío al depósito no procede, y puedes señalarlo al agente en ese momento.
Conducción con alcohol o estupefacientes
En estos dos supuestos la detención es de carácter administrativo. La persona sólo puede ser presentada ante el Juzgado Cívico, y no procede la amenaza de prisión ni la remisión a otra autoridad.
La sanción consiste en arresto administrativo de hasta treinta y seis horas y en una penalización sobre la licencia de conducir, sin multa económica. Un ofrecimiento para resolver el asunto en el lugar de los hechos no forma parte del procedimiento previsto en el Reglamento.
Accidentes de tránsito
Si presencias un accidente con personas lesionadas o fallecidas, repórtalo de inmediato a los servicios de emergencia.
Si causas lesiones o la muerte de una persona, estás obligado a permanecer en el lugar hasta que un agente tome conocimiento de los hechos, y el agente podrá remitirte al Ministerio Público.
Si atropellas a una persona peatona o ciclista sin causarle lesiones, la remisión al Juzgado Cívico procede únicamente si la parte afectada lo solicita.
Actuación durante la detención
- Identificación del agente. Pide su nombre, su número y la constancia de que está autorizado para infraccionar, que puedes verificar por Locatel o en la aplicación Mi Policía.
- Motivo de la detención. Tienes derecho a que el agente te lo informe.
- Precepto infringido. Solicita que el agente señale la disposición concreta del Reglamento que considera infringida.
- Registro de los hechos. Puedes grabar con tu teléfono, comunicarte con tus familiares o con las autoridades y permanecer en silencio.
Estas medidas dejan constancia de lo ocurrido, y esa constancia es la prueba con la que después se sostiene o se impugna la infracción.
Impugnación de las infracciones
Una infracción improcedente, o sustentada en hechos que no ocurrieron, puede impugnarse por la vía que corresponda según el caso y el momento, y cada vía tiene un plazo que corre desde la notificación de la boleta.
Publicado el 15 de abril de 2025 · Voire
Las disposiciones de tránsito de la Ciudad de México se modifican con frecuencia. Este texto expone el criterio general vigente a la fecha de publicación, no constituye asesoría jurídica sobre un caso concreto y no crea una relación entre abogado y cliente. Antes de actuar sobre una infracción en particular, verifica la versión vigente del Reglamento o escríbenos a info@voire.com.mx.
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